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Entendido

Documento

Código de Buenas prácticas de la Provincia de Hispania

1 de febrero de 2022
Para trabajadores, voluntarios y colaboradores con menores y personas vulnerables

 

PRESERVAR Y PROMOVER AMBIENTES SANOS Y SEGUROS

Para este Código de buenas prácticas seguimos básicamente las Pautas para la protección de menores y personas vulnerables para el Vicariato de la Ciudad del Vaticano (26 febrero 2019), así como la normativa en vigor en algunas diócesis españolas, como es el caso del Protocolo de prevención y actuación frente a abusos sexuales a menores, aprobado en varias diócesis (Astorga, Sigüenza-Guadalajara y Madrid), además del documento Buenas Prácticas para ambientes sanos y seguros en la Iglesia elaborado por el Consejo nacional de prevención de abusos de la Conferencia Episcopal de Chile.

La Iglesia está llamada a ser un espacio protegido para la infancia y donde el abusador no se sienta protegido. Es el motivo por el que se siente llamada a desarrollar programas educativos eficaces y de buenas prácticas que determinen, por escrito, una manera de actuar clara que favorezca un “entorno seguro”, así como la propia protección de los trabajadores, voluntarios y colaboradores. Todo adulto que tenga contacto habitual con menores de edad y adultos en situación de vulnerabilidad en la actividad pastoral debe conocer bien su papel, cuál es el ministerio que ejerce, la función específica que se le ha confiado y conducirse en el trato con los menores de manera respetuosa, prudente y equilibrada. En las actividades en las que estén involucrados menores o personas en situación de vulnerabilidad, se debe dar prioridad a la protección de éstas.

IMPLEMENTACIÓN

              Corresponderá al Prior Provincial con su Consejo, la adopción, implementación, divulgación y evaluación periódica de las buenas prácticas a nivel provincial.

FINALIDAD

              Este Código de buenas prácticas tiene dos objetivos fundamentales:

  1. Cultivar estilos sanos de relaciones interpersonales. La Provincia de Hispania se preocupa de generar ambientes donde priman modos de relación respetuosos de la dignidad de todas las personas. La Provincia promueve un modo de relación que supone el respeto y reconocimiento del otro, adoptando medidas cuando se incurre en transgresión de los límites inherentes a toda relación interpersonal. En este punto, la Provincia está llamada a identificar señales de comportamiento que revelan la existencia de abuso de poder y manipulación de conciencia, tomando medidas cuando se incurre en dichas prácticas.
  2. Formar y capacitar para la prevención de situaciones abusivas. Todos los trabajadores, voluntarios y colaboradores deben estar suficientemente entrenados tanto para la prevención de abusos, como para desarrollar y mantener actitudes y habilidades necesarias para proteger a todos los que participan en las actividades de la Provincia, en especial a aquellas personas más vulnerables. En esta capacitación hay que tener en cuenta:
  • La formación de los trabajadores, voluntarios y trabajadores en la afectividad, sexualidad, relaciones interpersonales, así como una adecuada formación en prevención del abuso de poder, causa última de la mayoría de los abusos: manipulación de conciencia, abuso de autoridad, abuso sexual y abuso económico, entre otros.
  • La formación periódica de toda persona que tiene alguna responsabilidad específica respecto de niños/as, jóvenes y personas en situación vulnerable en todo lo que atañe a la protección del menor y prevención de abusos de todo tipo.

PAUTAS POSITIVAS Y LÍMITES QUE SE DEBEN TOMAR

              En el curso de sus actividades, los trabajadores, voluntarios y colaboradores deben:

  1. Usar la prudencia y el respeto en relación con los menores y personas en situación de vulnerabilidad. Llevar a cabo las muestras físicas de afecto con mesura y respeto, de manera que nunca puedan parecer desproporcionadas y respetar la integridad física de la persona, permitiéndole rechazar las muestras de afecto, incluso en el caso de que sean bienintencionadas.
  2. Proporcionar a los menores y personas en situación vulnerable modelos de referencia positivos.
  3. Ser siempre visibles para los demás, en particular en presencia de menores y personas vulnerables.
  4. Informar a los responsables de cualquier comportamiento potencialmente peligroso.
  5. Respetar la esfera de confidencialidad del niño.
  6. Informar a los padres o tutores de las actividades propuestas y los métodos organizativos relacionados. Es necesario pedir siempre su autorización firmada, para salidas, convivencias, excursiones, campamentos, etc., que supongan que los menores han de dormir fuera de casa, asegurando un número suficiente de acompañantes y organizando lo necesario para la diferenciación del alojamiento de los niños por sexo. Las autorizaciones que contienen datos confidenciales se mantienen con cuidado y atención.
  7. Usar la debida prudencia en la comunicación, sobre todo con los menores, también por teléfono y en las redes sociales.
  8. Las actividades se deben llevar a cabo en salas adecuadas para la edad y etapa de desarrollo de los menores. En la medida de lo posible, los trabajadores, voluntarios y colaboradores, deben tener especial cuidado para asegurarse de que los menores no entren ni permanezcan en lugares ocultos a la vista o fuera de control.
  9. En caso de conocimiento fundado de conductas improcedentes (exhibicionismo, conversaciones impropias o relaciones personales inapropiadas) entre menores o adolescentes en cualquiera de las actividades que se lleven a cabo, se informará puntualmente a la familia que deberá hacerse cargo inmediatamente del menor.

             Está estrictamente PROHIBIDO:

  1. Infligir castigos corporales de cualquier tipo. Dada esta prohibición, no puede justificarse en ningún caso contacto físico por este motivo.
  2. Establecer una relación preferencial con un menor de edad. Es motivo de cese inmediato de la actividad cualquier relación sentimental, consentida o no, de un adulto con un menor de edad. Los sentimientos de afecto y/o enamoramiento hacia trabajadores, voluntarios y colaboradores a menudo responden a la consideración del adulto como un ídolo. La persona adulta ha de ser consciente siempre de su propia responsabilidad, si se evidencian estas situaciones. En ningún momento debe responder o insinuarse positivamente a este tipo de afecto, sino establecer de forma inequívoca y con buenas maneras los límites adecuados de comportamiento, relación y aprecio.
  3. Dejar a un niño en una situación potencialmente peligrosa dada su situación mental o física.
  4. Dirigirse a un menor de manera ofensiva o involucrarse en conductas inapropiadas o sexualmente sugestivas. Están absolutamente prohibidos juegos, bromas o castigos que puedan tener connotación sexual, evitando cualquier tipo de conductas que impliquen o sugieran desnudarse, besarse o tener contacto físico sugestivo o dado a malinterpretaciones.
  5. Discriminar a un menor o un grupo de niños. Están totalmente prohibidas las novatadas y otras dinámicas y juegos que puedan llevar consigo actos vejatorios, denigrantes o sexistas.
  6. Pedir a un niño que guarde un secreto o darle regalos discriminando al resto del grupo.
  7. Fotografiar o grabar a un menor sin el consentimiento por escrito de sus padres o tutores. Si se hace en el desarrollo de actividades organizadas por una institución de la Provincia, se llevarán a cabo, a ser posible, con dispositivos técnicos de la institución (cámaras de fotos, de video, etc.), y no con material personal (teléfonos móviles, tablets, ordenadores, etc.). De la toma de estas imágenes se informará a los padres, no se hará exhibición ni difusión pública o privada sin el consentimiento de éstos y se guardarán en un archivo único, del que será responsable la institución provincial de que se trate.
  8. Publicar o difundir, a través de la red o redes sociales, imágenes que identifiquen a un niño de una manera reconocible sin el consentimiento de los padres o tutores.
  9. Ponerse en situación de riesgo o claramente ambigua: entrar en los vestuarios, baños o duchas mientras estén los menores, compartir habitación de hotel o tienda de campaña, o subir a un menor a solas en un coche. En el caso de tener que entrar en vestuarios, baños o duchas mientras estén los menores conviene que entren al menos dos adultos y del mismo sexo que los menores presentes. En las convivencias, acampadas o viajes es siempre oportuno invitar a que vayan algunos padres, incluso que sean parte activa de la organización. En caso de que haya que llevar algunos menores en el coche, se hará siempre con el consentimiento de los padres y, a ser posible, acompañado por otro adulto.
  10. Quedarse a solas mucho tiempo con un menor, por ejemplo, en la sacristía de la iglesia, o en una sala o dependencia parroquial, y con la puerta cerrada. Si hubiera que examinar a un menor enfermo o herido se hará siempre en presencia de otro adulto. Cuando haya que hablar en privado con un menor, hacerlo en un entorno visible y accesible a los demás. Una buena sugerencia es que haya puertas de cristales transparentes o cristaleras en despachos. Cuando se habla con un menor en un despacho o habitación se debe dejar la puerta abierta, o hablar con él en un lugar donde otros adultos puedan ser testigos del encuentro. Es decir, es necesario llevar a cabo una política de “puerta nunca cerrada”. Si, por una razón inusual, se ha estado o se va a estar a solas con un menor, o cuando se va a tener o se ha tenido un contacto físico relevante con el mismo por razones sanitarias o disciplinarias, se debe informar a los padres.
  11. Es necesario implementar mecanismos de control, junto a los padres, para mantener encuentros o comunicaciones con alumnos fuera del contexto parroquial, colegial, deportivo, etc., ya sean presenciales, por correo electrónico o móvil, o a través de las redes sociales ajenas a las oficiales del centro, parroquia o grupo. En caso de que formalicen grupos de mensajería instantánea (del tipo WhatsApp o Telegram) o se use el email o las redes sociales para convocar y organizar o coordinar actividades, los padres deben recibir los mensajes y participar en la comunicación, no siendo nunca ajenos a la misma.

 

SANCIONES

Cualquier conducta inapropiada o acoso que pueda ocurrir entre los menores, incluso si no integran los detalles de un delito, debe abordarse con prontitud, con equilibrio, prudencia y delicadeza, informando de inmediato a los padres o tutores.    

Los trabajadores, voluntarios y colaboradores o, en su caso, la propia Provincia, deben actuar siempre que las personas a su cargo vulneren o no sigan este Código de buenas prácticas.

Esta actuación se atendrá a los protocolos correspondientes de la Provincia de Hispania. En casos de gravedad, debe procederse con una “seria advertencia” y dar los pasos para el alejamiento cautelar inmediato de la tarea o la actividad de la que se trate, con la comunicación a las autoridades civiles en el caso de estar afectados menores de edad y, si fuera el caso, con la apertura de un expediente, investigación previa o el despido.

El primer responsable para acometer estas situaciones es el responsable de la institución de que se trate. Y en contacto con el Prior Provincial verán el modo de proceder conforme al protocolo establecido al respecto en la Provincia.

  • Firmar el protocolo de actuación con lo relacionado con menores
  • Firmar un documento más general sobre comportamiento de buenas prácticas

 

Aprobado en el Consejo de Provincia

Madrid, 18 de diciembre de 2021